¿Qué es la Ley de Dependencia y cómo solicitarla?
La Ley de Dependencia, recogida en el BOE como ley 39/2006, es aquella que se aplica a las personas que por razones de edad, enfermedad o discapacidad son dependientes de forma permanente. Es decir, cuando la persona en cuestión no dispone de autonomía física, mental o sensorial, o incluso, puede no disponer de más de una de las mencionadas. Así pues, precisa asistencia para poder realizar las actividades su vida diaria.
Gracias a esta ley, las personas afectas, reciben soporte, público o privado, y prestaciones para poder desarrollar las actividades diarias.
¿Qué grados de dependencia existen?
Grado I
Se trata del grado más bajo. En este caso, la persona en cuestión tiene una dependencia moderada, por lo que precisa ayuda de forma temporal, al menos una vez al día, para llevar a cabo alguna de sus actividades. Por ejemplo, ducharse, preparar la comida, salir a la compra, etc.
Grado II
Es el grado intermedio. La persona necesita asistencia para realizar varias tareas, pero no precisa el apoyo permanente del cuidador o la cuidadora.
Grado III
Es el máximo grado de dependencia. En este caso, la persona necesita atención continua para realizar la mayoría de las actividades de la vida diaria y, en la mayoría de casos, nunca puede quedarse solo o sola.
¿Qué servicios ofrece la Ley de Dependencia?
Servicio de teleasistencia, ayuda en el domicilio o centro de día:
Gracias a estos servicios, la persona dependiente puede quedarse en su domicilio particular y conservar su entorno familiar, hecho que le proporciona bienestar y seguridad.
En el caso del centro de día, la persona en cuestión acude allí a diario, de lunes a viernes, para realizar actividades y poder ser atendida cuando lo precise. La diferencia con el servicio de residencia permanente es que los usuarios pasan la noche en el domicilio familiar. Esto permite a las familias realizar sus obligaciones (acudir al trabajo, llevar a los hijos al colegio, ir a la compra, etc.) diarias, que seguramente se verían imposibilitadas en caso de tener que atender a la persona dependiente.
Servicio de atención residencial:
Atención en un centro sociosanitario, ya sea de forma temporal (por convalecencia o por un periodo de descanso del cuidador no profesional, que suele ser un familiar de la persona dependiente) o de forma definitiva.
¿Cómo puedo tramitar la Ley de Dependencia?
La mejor opción, en este caso, es acudir al centro de servicios sociales de su zona o llamar por teléfono para concertar una cita con el trabajador o trabajadora social.
Cuando acuda a la cita, tendrá que presentar una solicitud y la documentación requerida. Debe tener en cuenta, que según la comunidad autónoma en la que resida, la documentación solicitada puede variar, pero, por norma general, suele ser la siguiente:
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Una acreditación del representante y su fotocopia del DNI, en caso de que la persona dependiente lo tenga.
- Certificado de empadronamiento.
- Última declaración de la renta o un documento acreditativo de las rentas percibidas para determinar la capacidad económica.
- Informe social. Los servicios Sociales elaborarán un informe de la persona solicitante que incluirá los antecedentes sociales, los datos de convivencia, la capacidad para llevar a cabo por si misma las actividades básicas de la vida diaria o la necesidad de apoyos y supervisión.
- Informe de salud.
Cuando se haya revisado la información presentada, los Servicios Sociales se pondrán en contacto con la persona solicitante o con sus familiares para escoger una fecha e ir a valorarla. Una vez valorada, se reconocerá su grado de dependencia y se procederá a prestar la asistencia que le corresponda.
En caso de que lo precises, en Home Server ofrecemos servicios de atención a las personas mayores para que tus familiares con dependencia estén siempre atendidos, puedes consultarlos aquí.